¿ Como tributan los fondos garantizados en el IRPF ?

Seguro que muchos de los que tenéis fondos garantizados os habéis pregunta cual es la manera que tienen de tributar en el IRPF, en este post vamos a dejar claro ese tema que es muy importante para no tener después problemas con la nuestra querida hacienda 🙂

La verdad que este tipo de fondos tiene una gran aceptación por su sencillez a la hora de contratarlo en el banco, ya que se ha tenido muy malas experiencias con las preferentes por ejemplo de las cuales nadie va a la carcel por haber creado ese timo, bueno ese es otro tema que si no me lio jejeje.

La descripción de fondo de inversión dice que este es un producto el cual invierte en varios activos con la finalidad de conseguir una rentabilidad. Si compran un fondo lo que hacen es adquirir una participación a un precio determinado, este subirá o bajara dependiendo de como vaya funcionando dicho fondo, como ven de esta manera  podemos perder dinero por eso los bancos sacarón los fondos garantizados donde nuestro dinero esta totalmente garantizado si lo mantenemos durante un plazo.

Osea la manera de funcionar este tipo de fondos es que su dinero estara a salvo manteniendo el plazo que se contrate, lo normal es de entre tres y cinco años.

El problema viene si necesitamos el dinero ya que entonces tendremos que hacerlo al precio al que este la cotización de dicho fondo. Como he comentado antes o aguantamos hasta el final o pueden tener perdidas.

Este tipo de fondos se puede contratar con un rendimiento variable, parcial o garantizado.

En cuanto a la garantia esta tiene dos tipos, la garantia externa esta la usa el anco para no tener pérdidas y es el importe de la diferencia de dicho valor liquidativo cuando vence la garantia y el valor que se garantiza, la otra garantia es la interna esta es activada cuando esa garantia la tiene que pagar el propio banco.

Para saber como tributan tendremos que saber si esta es interna o externa.

Si esta es garantia interna, recordar que esta se produce cuando el fondo garantiza ha ganado dinero, la fiscalidad es la misma que tendríamos en un fondo normal.

Estas ganancias tendremos que ponerlas como ganancias patrimoniales y tendrán que tributar en las rentas del ahorro. No os olvidéis que el banco ya nos ha retenido un 19.5% por nuestro dinero ganado. Una ventaja es que si ese dinero lo invertimos en otro fondo no tendremos que pagar ningún impuesto.

Si la garantia es externa esta se considerará como un rendimiento del capital mobiliario y tienen que tributat según las tablas oficiales del IRPF.

Espero haberle aclaro un poco el tema de la tributación de este tipo de fondos que muchos ya tienen.

 

 

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