dividendos y acciones

Tributación de las acciones, cfds, fondos de inversión y cuentas corrientes

Llegó el sábado y como ya sabrán, les dejo un solo post nuevo porque los mercados están cerrados. En esta ocasión y como estamos en periodo de realizar la declaración de la renta, voy a repasar como se debe tributar nuestras ganancias en las acciones, cfds, fondos de inversión y también en las cuentas corrientes.

En este articulo no voy a profundizar en temas como la diferencia entre las Rentas del Ahorro y las ganancias o pérdidas patrimoniales sobre las transmisión de dichos elementos patrimoniales. Ya que esto merece un artículo solo para poder dejar todo bien claro, si no que voy a ir directamente a lo que tendrán que pagar.

Tributación para las acciones

En las acciones vamos a tener que diferenciar entre los beneficios que hemos conseguido a la hora de comprar y vender acciones y la ganancias por dividendos que nos den dichas acciones.

Para saber lo que tendremos que tributar por la ganancia obtenida entre la compra y la venta de las acciones, deberemos de saber que esta tiene que ser de forma efectiva. Esto significa que si tenemos acciones y están nos están dando una muy buena ganancia, no pagaremos impuestos sobre ellas hasta que no se vendan.

Estos son los porcentajes que tendremos que aplicar al beneficio que obtengamos :

Si nuestra ganancia es hasta 6000 euros, tendremos que pagar un 19 %.

Si nuestra ganancia es de entre 6001 y 50000 euros, tendremos que pagar un 21 %.

Y finalmente si nuestra ganancia es superior a los 50001 euros, deberemos de pagar un 23 %.

Tributación sobre los dividendos obtenidos

Aquí la cosa cambia, ya que todos los beneficios que tengamos de dichos dividendos que nos de la compañía la cual somos accionistas, irá dentro del IRPF como rendimiento de capital mobiliario. Esto se traduce que tengamos una retención efectiva del 19 %.




Tributación para los cfds

Los cfds tienen una manera de tributar como las acciones. Ya sabemos que estos se liquidan por diferencias entre el precio que compramos y el precio que vendemos. Esta ganancia tendrá que ir en la base imponible especial de IRPF, ya que son consideradas como variaciones patrimoniales.

Comentaros que lo que tendremos que pagar irá en función de nuestra ganancia, en la parte de la tributación para las acciones que he comentado antes, pueden ver el porcentaje que tienen que aplicar.

Deciros que los gastos que podamos tener como los de comisión o corretaje, los tendremos que considerar para saber así cual es nuestro beneficio neto real.

Tributación de los fondos de inversión

En cuanto a los fondos de inversión, estos los tendremos que contemplar como un activo financiero. Por lo tanto , esto hace que el beneficio que obtengamos tendrá que ir directamente a la base imponible del ahorro.

El impuesto que tendremos que pagar vendrá sobre la recuperación efectiva del capital que hayamos invertido en dicho fondo.

Para poder calcular los porcentajes, tendremos que usar el mismo cuadro que les he puesto en la tributación de las propias acciones.

Tributación de las cuentas corrientes

Aquí la cosas es también sencilla, ya que los intereses que nos da el banco por nuestra cuenta bancaria, tendrán que tributar como rendimiento del capital mobiliario. De esta manera formará parte de la base imponible del ahorro.

Comentaros que el propio banco ya nos hará una retención del 19 % como pago a cuenta del IRPF.

No lo había puesto en el titular, pero decirles que los derivados tributan también como ganancias y perdidas patrimoniales.

He intentado resumir lo máximos posible para que así lo tengan bastante claro como se tiene que tributar estos diferentes activos.

En el próximo post seguiré con la sección del trading con las apuestas deportivas. Ya que veo que es un tema que os gusta bastante y del cual se puede sacar una muy buena rentabilidad.