Tributación en la declaración de la renta 2015

Como todos sabréis, mañana día 6 de abril comienza la declaración de la renta 2015. Este años tenemos muchas novedades que vinieron con la reforma fiscal y que vamos a desglosar para saber que tenemos declarar para que no nos equivoquemos.

Antes teníamos que contemplar si las ganancias o la perdidas que teníamos en la bolsa eran menor a un año ya que de ser así estas tributaban en la horquilla del 24% al 42%, pero cuando eran mayor a un año ya era diferente y su tributación tenia la horquilla del 2% al 27%.

Todo eso ahora mismo ya es pasado y con la reforma fiscal cambia, ojo que esto no solo nos vale para las acciones si no que ya lo tenemos que tener en cuenta para las bases imponible del ahorro, ganancias patrimoniales, la transmisión de un inmueble, Cfds, divisas, opciones o también para los operadores de futuros que son bastantes los que tenemos en este país.

¿ Como tributa ahora entonces las opciones, acciones y derivados ?

Con el cambio en la tributación fiscal tenemos modificaciones para poder saber cuando debemos tributar, lo principal y que no podemos equivocarnos es que se termina la variación entre beneficios o perdidas a más o menos de un año.

Por lo tanto en la declaración de la renta 2015 las plusvalías que tengamos así como las minusvalías irán a la base imponible del ahorro por lo que su tributación tiene ahora una horquilla a un tipo marginal que va del 20% al 24%.

Estas plusvalías o minusvalías tendremos que compensarlas con todas las plusvalías patrimoniales sin olvidarnos de la parte la cual exceda. Dicha compensación será de un 10% para los rendimientos del propio capital mobiliario, estos pueden ser desde los intereses que nos cobran en las cuentas de nuestro banco hasta los dividendos de las propias acciones.

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Tributación de los dividendos

Para los dividendos también tenemos novedad y es que antes teníamos que los primeros 1.500 euros estaban exentos de tributar, eso ya tenemos que olvidar porque también se cambió.

Ahora todos los dividendos que se reciban tendrán que tributar en la horquilla del 20% al 24% para este año fiscal del 2015 y para el año fiscal 2016 la horquilla baja y la tendremos entre el 19% y el 23%. Si la cantidad cobrada es superior, entonces tributaremos según la nueva reforma fiscal.

En cuanto a los Derechos

Los derechos de suscripción preferente también han cambiado, pero ojo que esto no va a entrar en vigor hasta el próximo 1 de enero del año que viene 2017.

A partir de esa fecha tendremos el mismo tratamiento fiscal que tenemos en los propios dividendos, ya que estos tienen idéntica retención.

Tributación del Oro

Sabemos que mucho inversores tienen inversiones en Oro, comentar que estas en la declaración de la renta 2015 tienen que tributar con los tipos que tenemos ahora en la base imponible del ahorro.

Para los Fondos de inversión

En cuanto a los Fondos de inversión también se cambia su manera de tributar, ya que a partir de ahora no tendremos que tener en cuenta si las ganancias que tengamos son a mas de un año o a menos. Todo tiene que tributar según los tipos marginales en la base imponible del ahorro.

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Planes de pensiones

Gracias a las aportaciones que realizamos a los planes de pensiones podemos rebajar la base imponible en la declaración. Gracias a esto podremos tener un ahorro fiscal que iría del 19.5% al 46%.

Por la nuevo reforma fiscal la cantidad que podemos aportar cambia y ahora ya no serán 10000 euros si no que se baja a los 8000 euros con la salvedad que no podemos pasar el 30% de nuestra actividad económica o los rendimientos del trabajo.

Si rescatamos el plan de pensiones en forma de capital, la nueva reforma fiscal termino con la reducción del 40% que tenían las aportaciones que estaban hechas antes del 31 de diciembre del año 2006.

Esperamos que esta guía les sirva para declarar bien todos sus beneficios y por supuesto compensar sus perdidas en la declaración de la renta 2015, que como hemos comentado al principio comienza mañana miércoles día 6 de abril y durará hasta el 30 de junio de este 2016. Recordaros que también desde mañana se puede pedir el borrador y que este año tenemos la novedad de Renta Web con lo que podremos acceder directamente a los servidores de la AEAT, ingresar datos y así terminar de tributar con la confirmación.




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