dividendos

Dividendos y scrip dividends ¿Como los declaramos en hacienda?

Continuo repasando el tema tributario para esta Declaración de la Renta y en este post, voy a comentar que casilla vamos a usar para poder poner los dividendos y scrip dividends que hayamos cobrado durante el año pasado 2019. Por lo tanto, estos los vamos a poner ahora en la Declaración de Renta de este año.

En primer lugar, comentaros que los dividendos de las acciones son considerados como rendimientos del capital mobiliario. Aquí, también vamos a tener por ejemplo, los intereses que nos pueda dar un depósito.

Para saber que porcentaje tenemos que pagar, vamos a usar el siguiente baremo:

Hasta 6000 euros, la tributación será del 19%

Si es de 6000 euros hasta los 50000 euros, tributará al 21%

Por el contrarío si superamos los 50000 euros, sería al 23%.

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Casilla que vamos a usar para poner los dividendos cobrados en la Declaración de la Renta 2019





Seguramente sabréis que los dividendos son parte de los beneficios que reparte una compañía a sus accionistas. Este, recordaros que es rendimiento del propio capital mobiliario en la base imponible del ahorro.

Para poder situar los dividendos que hayamos cobrado durante el año 2019, tendremos que usar la casilla 029 en la Declaración de la Renta de este año 2020. 

No podemos olvidarnos colocar los gastos de depósito, las retenciones que hayamos tenido y también, los gastos de administración. Estos se van a restar de los ingresos.

Comentaros que no importa que el dividendo sea extraordinarios o complementarios, tienen esa misma casilla.

Si por el contrarío lo hacemos en forma de scrip dividends ( de esta manera cobraremos el dividendo en acciones ), no tendremos que tributar hasta que no vendamos las acciones recibidas o también, los derechos de suscripción.

Un detalle muy importante es que si recibimos dividendos de compañías que no sean de nuestro país, nos van a realizar una retención importante. En la Declaración de la Renta vamos a tener una zona concreta para poder situar esos dividendos del extranjero.

No os olvidéis que para poder evitar la doble imposición que se produce en un país y en otro, tendremos que reclamarla en la Hacienda que corresponda.