Comienza la campaña del Impuesto de Sociedades

Hoy sábado no os traemos análisis de la bolsa porque están cerrados los mercados, si no para traeros las novedades que nos vamos a encontrar en la campaña del impuesto de Sociedades.

Comenzar primero diciendo que esta ya ha dado comienzo y vamos a tener de tiempo para poderlo presentar hasta el próximo 25 de julio. Tendremos que estar muy atentos ya que esta es la primera con la nueva reforma fiscal que entro en vigor el pasado mes de enero del 2015.

Entre ellas podemos destacar la compensación de bases imponibles negativas por el ejemplo la doble imposición sobre beneficios generados.

Empezamos con la reducción del tipo de gravamen ya que este pasa al 28% y para el 2016 lo tendremos en el 25%.

Este año el modelo de la declaración varia y vemos como tiene 166 páginas cuando el anteriores tenia 142. Recordaros que dentro tendremos ya la declaración de las operaciones vinculadas para las pymes.

Tenemos que estar muy atentos porque esta es la última declaración donde vamos a poder aplicar la monetización de los activos por impuestos diferidos. Esto significa que ya Hacienda no nos pagará esos ajustes positivos que podíamos tener en la base imponibles de ejercicios de otros años.

El inmovilizado ya no será objeto de lo que es la amortización contable, después del 1 de enero del año que viene si volverá. Hay que decir que gracias al articulo 12.2 vamos a tener un tratamiento fiscal especial para el propio fondo de comercio donde se podrá deducir el precio de adquisición de dicho inmovilizado pero con un limite al año como máximo del 5%.

En cuanto a las perdidas por deterioro solo se van a admitir la deducción de las perdidas por deterioro que tengamos contabilizadas como gasto por la propia perdida por insolvencias de crédito. Si tenemos clientes con saldos que son de dudoso cobro, estos se podrán deducir en la fecha del devengo si estos ya han pasado seis meses desde la fecha de vencimiento de la obligación.

Recordaros que se termina la eliminación de la deducción por reinversión, de esta manera lo que se quiere premiar es la reinversión y también la capitalización de las propias sociedades. Por este motivo se podrá deducir de la base imponible un 10% del importe de esos fondos propios, pero ojo que esto se tiene que mantener durante 5 años y si esa reserva se dota por el importe de esa reducción.

Eso si, no se podrá superar el 10% de la propia base imponible positiva previa a dicha reducción.

Las pymes podrán crear una reserva de nivelación de dichas bases imponibles lo que supondrá una reducción que llegará hasta el 10% el importe. Pero cuidado porque tendremos un limite máximo en 1 millón de euros.

Es puede minorar la tributación de un determinado periodo impositivo anticipando sus bases imponibles negativas que se generarán en los siguientes 5 años.

Por último para poder compensar las perdidas de un determinado periodo impositivo lo podremos hacer con las propias rentas positivas que generemos. No tendremos limite en su tiempo temporal y para poderlo hacer tendremos un limite del 70% de la base imponible antes de la reserva de la capitalización.

Para el 2016 la compensación de perdidas será del 60%.

Como ven esta campaña del Impuesto de Sociedades tiene novedades que hay que tener en cuenta.



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